Page 13 - EL AGAPITO
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                                     El Agapito

           día señalado el presidente 13    del tribunal dio comienzo a la au-
           diencia de debate, comprobó los datos personales del acusado y

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           la secretaria leyó la acusación que pesaba contra el imputado.
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           De  entrada  nomás le  dije  a Torres  Rizzo:  “Abstenete .  No  de-
           clares  nada”.  El  muy psicópata me decía ¡Pero  yo quiero de-
           clarar, si todo esto es una infamia, doctor!
                 -No hace falta que declares nada por ahora, primero
           veamos qué pasa en el debate, escuchemos a los testigos y a los
           peritos y luego decidamos ¿okey?
                 -Está bien, como usted diga.
                 -¡No, no, no es como yo diga! Yo te estoy aconsejando, el
           que  decide sos vos. Yo te aconsejo la abstención, por lo menos
           por ahora. Luego vemos.
                 -Bien, está bien - me dijo.


           13  El tribunal colegiado se integraba por tres jueces y uno de ellos asumía la
           presidencia  para  cada  causa  y  los  otros  hacían  las  veces  de  vocales.  El
           presidente era el encargado de dirigir el debate.
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              La acusación era la base del juicio. Por ella se le decía al imputado de qué se
           lo estaba acusando y a todas las partes les delimitaba el motivo del juicio, se
           les decía a todos lo que en ese momento se iba a juzgar que era lo que en ella
           figuraba y nada más. Para que el imputado pudiera defenderse válidamente
           debían especificarse las circunstancias de tiempo, modo y lugar. Es decir: a
           esa hora aproximada, con tal elemento o de tal forma y en ese sitio hiciste
           esto. ¿Quieres decir algo al respecto? Si quieres, puedes hacerlo. Si se omitían
           esos  datos  fundamentales,  el  acusado  podía  verse  imposibilitado  de
           defenderse. El razonamiento era más o menos así: Si a cualquier persona le
           dijeran: Vos robaste la semana pasada ¿Qué tienes que decir al respecto? Un
           momentito diría. Primero dime qué día, a qué hora, dónde y cómo robé. De lo
           contrario no es que no quiera decir nada sino que no puedo hacerlo.
           15  Aunque parezca mentira, la declaración del imputado, aún en esa época,
           era un medio para su defensa y no un medio de prueba. Si el imputado, por
           supuesto,  con  el  consejo  de  su  abogado,  entendía  que  era  la  mejor
           manera de defenderse, declaraba,  de lo contrario se abstenía o  declaraba
           cuando lo deseaba pero siempre antes de terminar el juicio. A diferencia de
           los  testigos, el imputado no podía ser obligado a declarar. La Constitución
           Nacional, Los Tratados Internacionales del momento, consagran ese derecho.
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